DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA
INSTRUCCIONES PARA
EL TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL CALENDARIO ESCOLAR
DE 185 DÍAS
EFECTIVOS DE CLASES EN EL CICLO ESCOLAR 2016-2017.
C.C. DIRECTORAS Y DIRECTORES
DE INICIAL Y PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIAS GENERALES, SECUNDARIAS TÉCNICAS,
TELESECUNDARIAS, EDUCACIÓN INDÍGENA Y EDUCACIÓN ESPECIAL.
Con el propósito de validar
y registrar las solicitudes de autorización para la implementación del calendario escolar de 185 días efectivos de clases de
las escuelas a su cargo, se instruye lo siguiente:
·
Los directores en
representación de su colectivo escolar deberán hacer de conocimiento a la
supervisión escolar esta decisión y entregar el expediente de solicitud
correspondiente teniendo como plazo hasta el 14 de junio del presente año.
·
El expediente de cada
escuela deberá contener:
o Copia debidamente requisitada de la Bitácora de la Séptima sesión ordinaria
del Consejo Técnico Escolar.
o Copia debidamente requisitada del Acta
de acuerdo para implementar el Calendario Escolar de 185 días, en la que se
registren las firmas del Director/a, subdirectores y la totalidad del personal docente
adscrito a la escuela, así como el sello oficial del centro educativo; en dicha
acta deberá aparecer el registro de la opinión del CEPS y la firma de su
presidente.
o Oficio de solicitud de autorización para implementar el Calendario Escolar
de 185 días dirigido al Director del nivel, con copia al supervisor, jefe de
sector y archivo escolar.
o En el caso de las escuelas que hayan seleccionado alguna de las modalidades
de compensación de tiempo escolar deberán presentar también una carta
descriptiva, de máximo tres cuartillas, del Proyecto innovador propuesto como
variante de compensación del tiempo escolar.
·
Los supervisores deberán
reunir los expedientes de las escuelas que hayan solicitado autorización para implementar
el calendario escolar de 185 días efectivos de clase y entregarlos el 16 de
junio a la Dirección del Nivel educativo correspondiente.
·
No se recibirán
solicitudes si el Acta tiene faltantes de información, o si el expediente está
incompleto y/o se entrega después del plazo estipulado.
·
Una vez recibidos los
expedientes cada nivel los remite, el mismo 16 de junio a la Dirección General
de Educación Básica, para la instalación de las mesas de revisión y validación,
para que en su caso se dictamine la autorización a las escuelas para
implementar el calendario de 185 días efectivos de clases.
·
Para las escuelas este trámite
termina con la autorización y difusión en la comunidad escolar de esta
determinación a partir del 1º y hasta el 15 de julio de 2016.
·
Finalmente cada nivel
educativo deberá entregar con fecha 8 de julio de 2016 a la Dirección General
de Educación Básica el padrón de escuelas que hayan sido autorizadas a
implementar el Calendario Escolar de 185 días y el de las escuelas que operarán
el calendario de 200 días, para la integración del padrón estatal y su publicación
oficial.
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN BÁSICA
INSTRUCCIONES PARA EL TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN
PARA REALIZAR
AJUSTES AL CALENDARIO ESCOLAR AUTORIZADO POR LA ENTIDAD PARA EL CICLO ESCOLAR
2016- 2017
C.C. DIRECTORAS Y
DIRECTORES DE INICIAL Y PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIAS GENERALES,
SECUNDARIAS TÉCNICAS, TELESECUNDARIAS, EDUCACIÓN INDÍGENA Y EDUCACIÓN
ESPECIAL.
Con el propósito de
validar y registrar las solicitudes de autorización de las escuelas a su cargo para realizar ajustes al
calendario escolar autorizado por la entidad, se instruye lo siguiente:
·
Los directores en
representación de su colectivo escolar deberán hacer de conocimiento a la
supervisión escolar la propuesta de ajuste al calendario escolar y entregar el
expediente de solicitud correspondiente teniendo como plazo hasta el 14 de
junio del presente año.
·
El expediente de cada
escuela deberá contener:
o Copia debidamente requisitada de la Bitácora de la Séptima sesión ordinaria
del Consejo Técnico Escolar.
o Copia debidamente requisitada del Acta
de acuerdo para ajustar el Calendario Escolar, en la que se registren las
firmas del Director/a, subdirectores y la totalidad del personal docente
adscrito a la escuela, así como el sello oficial del centro educativo; en dicha
acta deberá aparecer el registro de la opinión acerca de ajustar el calendario del
CEPS y la firma de su presidente.
o Oficio de solicitud de autorización para implementar ajustes al calendario
escolar autorizado dirigido al Director del nivel, con copia al supervisor,
jefe de sector y archivo escolar.
·
Los supervisores deberán
reunir los expedientes de las escuelas que hayan solicitado autorización para ajustar
el calendario escolar del ciclo escolar 2016-2017 y entregarlos el 16 de junio
a la Dirección del Nivel educativo correspondiente.
·
No se recibirán
solicitudes si el Acta tiene faltantes de información, o si el expediente está
incompleto y/o se entrega después del plazo estipulado.
·
En caso de que las
escuelas hayan seleccionado el Calendario Escolar pre ajustado en la
Entidad, contarán con la autorización de manera automática y sólo
deberá informar al Supervisor de su decisión a través del Director (a),
conservando el original del Acta de
Acuerdo para ajustar el Calendario Escolar.
·
Una vez recibidos los
expedientes cada nivel los remite, el mismo 16 de junio a la Dirección General
de Educación Básica, para la instalación de las mesas de revisión y validación,
para que en su caso se dictamine la autorización a las escuelas para ajustar el
calendario escolar del ciclo escolar 2016-2017 autorizado en la entidad.
·
Para las escuelas este
trámite termina con la autorización y difusión en la comunidad escolar de esta
determinación a partir del 1º y hasta el 15 de julio de 2016.
·
Finalmente cada nivel
educativo deberá entregar con fecha 8 de julio de 2016 a la Dirección General
de Educación Básica el padrón de escuelas que hayan sido autorizadas a ajustar
el Calendario Escolar y el de las escuelas que operarán el calendario escolar
sin ajustes, para la integración del padrón estatal y su publicación oficial.
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